EN QUÉ CONSISTE EL CONTRATO DE APRENDIZAJE?
La Ley 789 de 2002 en su artículo 30 señala que el contrato de Aprendizaje: “Es una forma especial dentro del derecho laboral, por la cual una persona natural desarrolla la formación teórico práctica en una entidad autorizada, a cambio de que una empresa le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa” .
¿QUE ES EL CONTRATO DE APRENDIZAJE?
El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación rica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódicas completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que
garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.
garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.
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